lunes, 7 de diciembre de 2009

A quien viere y entendiere...

2.REFERENCIAS AL MARCO QUE DESARROLLA EL CURRICULO Y A LA ORGANIZACION ESCOLAR DE LA ETAPA

El titulo V de la Ley Orgánica 2-2006, de 3 de Mayo (LOE) de Educación, referido a la participación, autonomía y gobierno de los centros, presta especial atención a la autonomía de los centros docentes, tanto en lo pedagógico a través de la elaboración de sus proyectos educativos, como en lo que respecta a la gestión económica de los recursos y a la elaboración de sus normas de organización y funcionamiento. El artículo 52 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía señala que la Comunidad Autónoma tiene competencias exclusivas sobre enseñanzas no universitarias, lo que incluye la programación y creación de centros públicos, su organización, régimen e inspección, etc.

Las últimas grandes leyes educativas han establecido la necesidad de la elaboración de proyectos educativos singularizados para los centros, coherentes con las necesidades educativas de la población a la que atiendes y adecuadas a las características socioculturales de su entorno. Para hacer efectivos estos proyectos educativos es necesario que cada Centro, dentro del marco de autonomía pedagógica que reconocen las mencionadas Leyes Orgánicas, adopte un modelo propio de organización y funcionamiento que permita dar respuesta a las demandas de su entorno y a las características de su alumnado y que, al mismo tiempo, favorezca la participación de los distintos sectores que constituyen su comunidad escolar, permitiendo avanzar a ritmos distintos en la consecución de su proyecto educativo. La Ley 17/2007 de 10 de Diciembre de Educación en Andalucía, dedica su título IV a los centros docentes, dedicando una especial atención a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los mismos, a la función directiva y por último, a sentar las bases del nuevo marco que va a regir en nuestra comunidad autonómica el funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente.

La administración educativa establece el marco normativo necesario, expresado en el decreto 201/97, de 3 de septiembre, que regula el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y primaria para definir su modelo de gestión organizativa y pedagógica, completado por la Orden de 9 de septiembre de 1997, por la que se regulan determinados aspectos de la organización y funcionamiento de estos centros, modificada por la orden de 20 de junio de 2001 y por la de mayo de 2003¿ marco normativo que se completa con la Orden de 9 de septiembre de 1997, por la que se regunan determinados aspectos sobre la organización y funcionamiento de los centros privados concertados. Específicamente y siguiendo el artículo 127 de la LEA, el proyecto educativo de cada centro definirá los objetivos particulares que se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la regulación estatal y autonómica acerca de los principios que orientan la etapa educativa de la que se trate y las correspondientes prescripciones acerca del currículo. El proyecto educativo se constituye así como la SEÑA DE IDENTIDAD DEL CENTRO DOCENTE.

El Proyecto Educativo consta de los siguientes elementos:

  • Proyecto de Centro,
  • Finalidades Educativas,
  • Proyecto Curricular del Centro,
  • Reglamento de Organización y Funcionamiento
  • Proyecto de Gestión del Centro.


Otros documentos de planificación:


  • El Plan Anual de Centro
  • La Memoria final de Curso
  • Las programaciones de aula


La normativa que constituirá la referencia obligada es la siguiente:


  1. Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación
  2. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  3. Real Decreto 1513&2006, por el que se establecen las enseñanzas mínimas en la E. Primaria
  4. Ley 2/2007, de 19 de marzo de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
  5. Ley 17/2007 de Educación en Andalucía.
  6. Decreto 201/1997, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas de Educación Infantil y Primaria.
  7. Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía.
  8. Orden de 10 de Agosto de 2007, por el que se desarrolla el currículo de la Educación Primaria en Andalucía.

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